Skip to content

POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA EL DESCANSO COMPENSADO DE LA ÉPOCA DE NAVIDAD Y AÑO NUEVO A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA CENTRAL DE TRANSPORTE “ESTACIÓN CÚCUTA”,VIGENCIA 2024″

  • by

ver documento completo (clic aquí).

LA GERENTE GENERAL DE LA ENTIDAD DESCENTRALIZADA, CENTRAL DE TRANSPORTE “ESTACIÓN
CÚCUTA”, en ejercicio de las facultades legales que le conferidas por la Constitución Nacional y las
Leyes, y en especial las que confiere el Acuerdo Numero 022 de 1992, modificado por el acuerdo
031 del 12 de octubre del 2016, y el acuerdo 003 del 28 de octubre de 2016

Que, para permitir a los servidores públicos que laboran en la Central de Transportes “Estación
Cúcuta”, el disfrute de las festividades decembrinas y de fin de año, sin perjuicio de la prestación
del servicio público, se hace necesario modificar transitoriamente la jornada laboral, con el fin de
compensar los cinco (05) días hábiles a los cuales tendrán derecho, representados en 8.5 horas
diarias laborales, de los cuales dos (02) días ya fueron compensados en las jornadas del sábado
quince (15) de junio y sábado veintidós (22) de junio del año 2.024, según lo establecido en la
RESOLUCION No. 289 DE 2024, del 14 de junio “Por medio del cual se declaran administrativamente
hábiles unos días sábados y se ordena compensar las respectivas jornadas”.
Que, ante los días faltantes por compensar -3 días en total- se requiere que sean compensados el
dieciséis (16) de noviembre, treinta (30) de noviembre y catorce (14) de diciembre del año 2.024.